Quedó aprobada la figura de la legítima defensa en la reforma al Código Penal, lo cual permitirá que ante la intromisión de algún intruso a la vivienda (ladrón, delincuente, o no) que atente contra la integridad física o bienes patrimoniales, el morador podrá defenderse sin ser procesado penalmente.
La propuesta fue votada por unanimidad en el Congreso de la Unión y permitirá que en el caso de algún asalto o robo con violencia, la víctima podrá golpear, herir, incluso matar al delincuente y estará amparado por la Ley.
La diputada, Libia Dennise García Muñoz Ledo, integrante de la Comisión, aclaró que la iniciativa solamente garantiza la legítima defensa en viviendas y no en negocios o automóviles propiedad de la víctima, aunque se prevé que en un futuro se pueda aplicar a esos sitios.
Y remarcó: “La figura aplica solamente para casas habitación, es únicamente el domicilio donde habitamos pero incluye todo a la redonda, es decir nuestro patio, nuestro jardín, azotea, bardas, todo lo que es el contexto de la casa habitación”.
La legisladora también detalló que aquellos policías que entran a los domicilios, aprovechándose del uniforme y cometan abuso de autoridad y allanen domicilios para robar, no quedan exentos de la Ley, ya que se podrá obrar de igual forma. La reforma en cuestión tiene un enfoque pro víctimas.
La reforma busca proteger a los ciudadanos en sus domicilios
El Congreso de la Unión avalará la reforma al Código Penal