El titular de la Procuraduría Federal del Consumidor, Ricardo Sheffield Padilla, señaló que los estudios realizados por el Laboratorio Nacional de la Profeco tienen como propósito fundamental ofrecer a la sociedad información específica y puntual sobre la calidad de un producto para que el consumidor tenga más elementos en sus decisiones de compra.
El Procurador defendió los hallazgos del estudio sobre Productos Lácteos Fermentados que se presenta en el número de febrero de la Revista del Consumidor, en el cual se identifican tres productos, entre ellos Danone Danonino, que tienen algún tipo de incumplimiento respecto a lo que establece la norma NMXF-703-COFOCALEC-2012.
De los 21 productos analizados, 18 sí cumplen lo que establece la NMX; Danone Danonino tiene menos proteína de lo que marca la norma para productos saborizados. Si bien la norma es de cumplimiento voluntario, atender sus disposiciones implica que se ofrece al consumidor un estándar adicional de calidad.
“Nuestra obligación es orientar al consumidor para empoderarlo con información oportuna y objetiva que le permita decidir entre un producto y otro, más allá de lo fuerte de una marca comercial, dada su gran inversión publicitaria, refirió Sheffield Padilla.
“Si bien un proveedor no está obligado a cumplir una norma mexicana que tiene carácter voluntario, como la norma NMXF-703-COFOCALEC-2012, sí es obligación de la Profeco empoderar al consumidor, dándole los elementos para comparar y decidir, de manera informada y razonada”, señaló el Procurador Federal del Consumidor.
Ayudan los estudios para modificar anomalías
Algunos estudios han sido el punto de partida para perfeccionar Normas Oficiales, en favor de los consumidores, como ocurrió en el caso del estudio del atún, que aunque se permitía que se llamara atún a un producto que tenía más soya que atún, esto representaba un engaño para el consumidor, hecho que motivó una modificación que está por concretarse.
El consumidor tiene derecho a saber detalles de la composición de un producto, ya sea un aceite comestible, miel o aguas alcalinas, productos que recientemente ha estudiado la Profeco, y el hecho de que haya un cumplimiento de la normatividad obligatoria no limita a que se le brinde más información al consumidor sobre lo que está adquiriendo, puntualizó Sheffield Padilla.
Aunque se trate de una norma de carácter voluntario, la LEY FEDERAL SOBRE METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN señala en el ARTÍCULO 54.- “Las normas mexicanas, constituirán referencia para determinar la calidad de los productos y servicios de que se trate, particularmente para la protección y orientación de los consumidores…”.
La Profeco tiene la obligación de orientar al consumidor
Los productos deben cumplir con lo especificado en las etiquetas