El INE recordó que el 7 de septiembre inicia el Proceso Electoral Federal y Local 2023-2024 y con el propósito de contribuir a los esfuerzos para la adecuada conducción de encuestas electorales, pidió ajustarse a la regulación en esta materia, la cual está prevista en el capítulo VII del Reglamento de Elecciones (RE).
Para dar atención al precepto legal que antecede, la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral puso también a disposición la siguiente liga electrónica https://saeycr.ine.mx/saeycr-presentacion-2.0.0/views/login, a fin de realizar lo siguiente:
1.- Remitir copia del estudio completo que respalde la información publicada, relativa a encuestas de preferencias electorales del Proceso Electoral Federal 2023-2024, de conformidad con el artículo 136 del RE, y
2.- Remitir el aviso para realizar encuestas de salida y conteos rápidos no institucionales el día de la Jornada Electoral, con el objeto de obtener la acreditación correspondiente, en atención a lo establecido en el artículo 138 del citado Reglamento.
Es importante identificar y diferenciar la información señalada en el artículo 136, numerales 6 y 7 del RE, en las publicaciones que realicen sobre resultados de encuestas por muestreo o sondeos de opinión, que den a conocer preferencias electorales o tendencias de la votación.
Sobre el particular y para cualquier duda, el Instituto Nacional Electoral tiene a disposición de los medios de comunicación los contactos siguientes: Correo electrónico: encuestas@ine.mx, y número telefónico: 556284200, extensiones 344401, 344262 y 343294.
El INE hará monitoreo de los medios de comunicación que difundan encuestas
Toda encuesta debe sustentar estadísticamente el contenido, a fin de no manipular o inducir el voto